Descripción del servicio
Solicitud de Residencia Temporal para Religioso (RT-4), por un período de un (1) año.
A quién va dirigido
Departamento que lo ofrece
Información de contacto
Requerimientos o requisitos
- Carta de solicitud de la Renovación de la Residencia Temporal para Religioso dirigida a la DGM.
- Carta de presentación de la iglesia o congregación perteneciente, firmada y sellada.
- Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses. Según el reglamento de aplicación 631-11.
- Carnet de Residencia Temporal para Religioso, original.
- Cuatro (4) fotografías recientes, de un mismo set: dos (2) de frente y dos (2) de perfil derecho, tamaño 2×2, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas, con el fondo blanco.
- Certificación de No Antecedentes Penales, emitido por la Procuraduría General de la República.
- Póliza de garantía contratada con Seguros Reservas. CLICK AQUI
- Acta de nacimiento legalizada apostillada por su país de origen y traducida al idioma Español
Procedimientos a seguir
1- Ingresar al portal de servicios DGM. (https://personal.migracion.gob.do).
2- Registrar en el sistema su nombre de usuario y contraseña. (Si ya se ha registrado anteriormente, ingresar su usuario y contraseña anterior).
3- Selección del servicio:
3.1- Elegir la opción “LISTA DE APLICACIONES”.
3.2- En la opción “SERVICIOS DISPONIBLES”, seleccionar la LOCALIDAD-OFICINA en que recibirá el servicio.
3.3- De la “LISTA DE SERVICIOS”, elegir el servicio que solicitará.
3.4- Completar toda la información requerida en el “CUESTIONARIO INFORMATIVO PARA SOLICITANTE”.
4- Los documentos escaneados deben de estar en formato JPG para la solicitud vía web.
Horario de prestación
Costo
Depósito de expediente RD$7,000.00
Examen médico adultos (mayores de 10 años) RD$6,300.00
Prórroga para depósito de expediente RD$7,000.00
Tiempo de realización
Canal de Prestación
- En línea: Realización de solicitudes y pagos de tasas de los servicios.
- Presencial: Entrega de carnet.
Información adicional
URL para tramitar el servicio: https://personal.migracion.gob.do
Notas:
- La ausencia de la Cédula o del Carnet de Residencia deberá ser avalada por una denuncia realizada ante la Policía Nacional, con las especificaciones de lugar.
- Las iglesias y congregaciones católicas reconocidas por el Arzobispado de Sto. Dgo. deben presentar la carta del Arzobispado para fines de exoneración del pago de impuestos.
Por favor descargar documentos adjuntos